¿Cómo tributan las criptomonedas en España? A falta de una legislación específica, la Agencia Tributaria resuelve este asunto a golpe de Consultas Vinculantes. Lo cierto es que el mundo cripto está formando parte de nuestro día a día. Por ello, expertos en fiscalidad como Cryptospain opinan al respecto.
En este post resumimos las ideas de una figura que ha ganado popularidad debido a su fuerte carácter y la claridad de sus ideas. No se considera creador de contenidos, pero siente que tiene una responsabilidad de informar acerca de la fiscalidad. Él mismo reconoce que los aspectos fiscales son serios y concretos (cada caso es diferente).
Lo sabe bien porque tiene una empresa de “elusión” (que no evasión) fiscal societaria en Portugal.
¿Cómo tributan las criptomonedas en España?
Hacienda ha incluido una casilla para declarar las criptomonedas. Sin embargo, no existe una normativa fiscal específica que regule los aspectos fiscales de un tema tan novedoso como complejo (suele pasar que las leyes siempre van a remolque de las necesidades sociales).
En principio, para saber cómo tributan las criptomonedas en España, tienes que tener claro cómo las obtienes, no es lo mismo comprarlas que minarlas.
Cryptospain hace mucho hincapié en el papel de los gestores: ¿cómo va a saber un gestor la fiscalidad de un airdrop si no sabe lo que es un airdrop?
Los gestores generan miedo. Las Consultas Vinculantes en sí mismas generan miedo. Según Cryptospain, es difícil que un gestor te enseñe a declarar.
Por el contrario, él afirma no pagar impuestos por rendimientos de trabajo o actividades económicas (otra cosa son los impuestos que se pagan por el consumo). Bajo su punto de vista, nadie debería pagar impuestos por trabajar, puesto que no tienes opción de elegir entre trabajar o no trabajar.
En principio, la compraventa que se realice fuera del ámbito de una actividad económica tributa como ganancias y pérdidas patrimoniales. Es decir, tendrás que pagar impuestos por las ganancias generadas que supone la diferencia entre el precio de compra y precio venta (según la Consulta Vinculante 0808-18).
Es importante que tengas siempre los justificantes de la compra y el precio de adquisición. Este precio es el que se toma para establecer los beneficios en futuras transmisiones.
Pero esto no es todo. Según Cryptospain, Hacienda tiene un problema muy serio, porque no sabe ni la mitad de lo que sucede.
¿Cómo tributa la minería de criptomonedas?
La minería nació cuando salió a la luz Bitcoin. Tal y como informa la Consulta Vinculante 2625-16, se considera una actividad económica sujeta a impuestos.
Esto es así porque se supone que el contribuyente necesita medios de producción y recursos. Se encuadra dentro del epígrafe 831.9 de la sección primera del Impuesto de Actividades Económicas (IAE). Concretamente como “Otros servicios financieros n.c.o.p.”
Posteriormente, la Consulta Vinculante 2670-18 equipara la minería en Ethereum con la de Bitcoin. Por consiguiente, todas las actividades que se realicen en un protocolo “proof of work” están consideradas como actividades económicas.
Esto significa que para minar criptomonedas tienes que darte de alta como autónomo o fundar una empresa y darte de alta en la Seguridad Social. La recompensa que reciben los mineros es una retribución en especie.
¿Cómo tributa el staking de criptomonedas?
Cuando entramos en minería que funciona bajo el protocolo “proof of stake” pueden pasar dos cosas (así lo afirma la Consulta Vinculante 2670-18):
- Si es una ordenación por cuenta propia, es decir, si ordenas medios de producción y/o recursos humanos para este fin, es considerado como una actividad económica.
- Sin embargo, si únicamente cedes tus criptos para que otros obtengan rendimientos mediante el proof of stake, se supone que tus beneficios son rendimientos del capital mobiliario (tal y como si fuesen dividendos de acciones o intereses de depósitos).
¿Y si realizo operaciones con DeFi?
Las operaciones financieras realizadas, tanto en los Exchanges centralizados y como plataformas DeFi también se consideran ganancias que obtienes por ceder tus criptos y, por lo tanto, son rendimientos del capital mobiliario. Las ganancias se valoran a precio de mercado en el momento de su recepción.
Cuando se trata de Yield Farming y obtienes una composición diferente de criptomonedas (por ejemplo, si ingresaste 2 BNB y 3 BTC y el pool te devuelve 4 BNB y 1 BTC), se contabiliza una permuta, que a su vez produce una ganancia o pérdida patrimonial.
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¿Y si obtienes criptomonedas por otro tipo de actividades?
Supongamos que te pagan con criptomonedas por participar en un programa de referidos, compartir enlaces o alguna acción comercial.
Es decir, obtienes activos sin realizar ninguna actividad laboral ni económica (puesto que no existe ninguna ordenación de medios de producción).
En este caso, Hacienda considera que se trata de ganancias patrimoniales que no derivan de una transmisión patrimonial (ufff, la frase tiene tela). El caso es que se integran en la base general del IRPF.
En otras palabras, se suman a los rendimientos que se obtienen como consecuencia de tu trabajo o actividad económica, pudiendo provocar que aumente el tipo (porcentaje) aplicable.
Ahora bien, en una transmisión posterior de estas criptos, también tendrás que declarar la ganancia o pérdida patrimonial que suponga la diferencia de precio.
Esto también se aplica con los airdrops, aunque no existe ninguna consulta vinculante que los contemple, por analogía podríamos considerar que, si tienen valor de mercado, tendrás una ganancia patrimonial no derivada de una transmisión patrimonial.
¿Cómo tributan las criptomonedas según Cryptospain?
Es sencillo no declarar por las criptomonedas y existen formas. Cryptospain afirma que los informes que generan plataformas como CoinTracking no tienen ninguna validez (tiene sentido, puesto que sólo es un documento que tú mismo puedes modificar).
Pero si un juez investiga y solicita información a un Exchange centralizado, esos datos son diferentes. Por ello, la primera medida es no trabajar con los Exchanges centralizados españoles (un inspector puede pedirle información y están obligados a dársela).
La Agencia tributaria no tiene medios materiales para investigar a todos los wallets. En ocasiones pueden hacerte preguntas, pero basta con que puedas justificar los ingresos que obtienes y ya está.
Ahora bien, Cryptospain en este aspecto es claro: no puedes mentirle a Hacienda. Si declaras, declara la verdad. Si no lo declaras todo, pueden investigar y conocer si mientes.
Pero, cuenta un caso de dos inspectoras de Hacienda que fueron a investigar un asunto de criptomonedas y el propio investigado tuvo que estar explicándoles durante 8 meses qué era una wallet, cómo funcionaban los intercambios, etc.
Por mucha legislación que exista, la tributación de las criptomonedas está fuera del alcance de Hacienda. Cryptospain indica que en un par de años todos vamos a saber cómo poder operar con criptomonedas sin tener que tributar.
¿Cómo se atribuye el activo a las personas (físicas o jurídicas)? Si tienes un Metamask con 100.000 €. ¿Cómo se demuestra que son tuyos?
Ahora bien, poner denuncias falsas o mentir a Hacienda es un delito. Los mecanismos que expone Cryptospain son legales (se trata de elusión y no evasión). Si nos encaminamos hacia la descentralización absoluta, no tiene que ser un problema pasar de fiat a crypto.